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Nuevas directrices sobre autorizaciones especiales para el porte de armas (8:00 a.m.)

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21 de Febrero de 2019

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En cumplimiento de lo señalado en el Decreto 2362 del 2018, el Ministerio de Defensa presentó la directiva que regula la suspensión al porte de armas y que deja claros los requisitos para que se tramiten los permisos especiales de porte regional o nacional. Entre las novedades se destacan la creación de comités evaluadores para la entrega de permisos especiales regionales y nacionales, la consulta de antecedentes en SIJIN y DIJIN, el Registro Nacional de Medidas Correctivas (comparendos por comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad) y la consulta de procesos activos en la Fiscalía General de la Nación. Las 289.262 personas que fueron objeto de comparendo por violar el artículo 27 del Código de Policía verán restringida la eventual posibilidad de tener un permiso especial de porte de armas. Adicionalmente, la medida será objeto de evaluación trimestral por parte del Comando General de las Fuerzas Militares, los comandos de fuerza y la Dirección de la Policía Nacional, en coordinación con los comandantes de brigada con seccional de control comercio de armas. También se reduce el número de personas que ya no serán objeto de excepciones.

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