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Suspenden norma que prohibía a notarios negar la expedición de copias informales o exigir su autenticación
03 de Octubre de 2011
Por solicitud de varias asociaciones de notarios, la Superintendencia de Notariado y Registro (Supernotariado) suspendió la Instrucción Administrativa 11 del pasado 19 de agosto, que les prohibía a los notarios negar la expedición de copias informales de los archivos que reposan en sus despachos o exigir su autenticación.
Dicha instrucción se motivó en peticiones de usuarios, por la diversidad de interpretaciones de los notarios sobre la expedición de copias simples, ya que algunos consideraban que estaba prohibida tácitamente.
Con el fin de dar claridad sobre el tema y tras analizar la normativa vigente, la Supernotariado concluyó, en agosto, que los notarios pueden expedir dos tipos de copias: las auténticas y las informales.
Las primeras dan fe de su correspondencia con el original, son autorizadas por el notario y su costo es el indicado en las tarifas previamente establecidas.
Las segundas, que carecen de valor probatorio por no ser autenticas, las puede solicitar quien esté consultando los archivos, y su costo será únicamente el correspondiente a los gastos de reproducción, sin que el notario pueda negar su expedición o exigir su autenticación.
Posteriormente, la Unión Colegiada del Notariado y la Unión del Notariado Antioqueño solicitaron la revocatoria o la suspensión provisional de esa instrucción, en cartas remitidas a la Supernotariado.
“De la revisión de tales escritos y de la necesidad de fortalecer los mecanismos de seguridad para el ejercicio de la labor de los notarios con la implementación del uso del papel de seguridad para la función fedataria en los trámites inmobiliarios que el legislador les ha asignado, del desarrollo de la ley antitrámites en que viene empeñado el Gobierno Nacional, este despacho ha dispuesto la suspensión provisional de la Instrucción Administrativa 11”, señala la nueva disposición.
(Supernotariado, IA 16, sep. 8/11)
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