Notarios no pueden negar la expedición de copias informales ni exigir su autenticación (8:00 a.m.)
25 de Agosto de 2011
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Nota:
76078
En vista de que algunos notarios consideran que está prohibida tácitamente la expedición de copias simples de los archivos que reposan en sus despachos, la Superintendencia de Notariado y Registro acaba de hacer claridad sobre el tema, tras analizar la normativa vigente. Según la Instrucción Administrativa 11 del 2011, los notarios pueden expedir dos tipos de copias: las auténticas y las informales. Las primeras dan fe de su correspondencia con el original, son autorizadas por el notario y su costo es el indicado en las tarifas previamente establecidas. Las segundas, que carecen de valor probatorio por no ser autenticadas, las puede solicitar quien esté consultando los archivos y su costo será únicamente el correspondiente a los gastos de reproducción, sin que el notario pueda negar su expedición o exigir su autenticación. Quedaron derogadas las instrucciones 10 de 1993, 18 del 2002 y 15 del 2003.
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