Notarios no están facultados para diseñar vínculos contractuales entre parejas del mismo sexo: Procuraduría (11:20 a.m.)
10 de Mayo de 2013
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El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, sostuvo que ni el Gobierno Nacional, ni la Superintendencia de Notariado y Registro, ni los notarios, ni los jueces, ni ninguna otra autoridad pública puede asumir las funciones del Congreso de la República y legislar “de manera sistemática y organizada” sobre los derechos de las parejas del mismo sexo. Así lo señaló el jefe del Ministerio Público al responder a una comunicación enviada por el superintendente nacional de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, en la que solicitó, respecto a lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-577 del 2011, algunos lineamientos en el evento que el Congreso de la República no legislara sobre las uniones de parejas del mismo sexo. “Los jueces y notarios no están obligados o si quiera facultados para diseñar un vínculo contractual o un contrato y mucho menos para introducir una nueva institución al ordenamiento jurídico o reformar una ya existente”, señaló Ordóñez. También, exhortó a los jueces y notarios “para que al formalizar y solemnizar las uniones de personas del mismo sexo a través de un contrato innominado (pues hasta ahora el mismo no existe en el ordenamiento jurídico), se ajusten a las normas vigentes”.
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