Normativa vigente no permite el retiro de cesantías para el pago de deudas educativas al Icetex (8:30 a.m.)
17 de Enero de 2011
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Nota:
70761
La legislación laboral dispuso la prohibición general para los empleadores de realizar pagos parciales de cesantías antes de la terminación del contrato de trabajo, pues ese retiro corresponde, en los casos autorizados por la ley, únicamente a la administradora de fondos de cesantías. El Ministerio de la Protección Social aclaró que la norma no dispone que el retiro pueda ser destinado al pago de deudas educativas, por lo que no se autoriza el giro de dichos recursos al Icetex.
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