Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Normas sobre cobro de servicios públicos no facturados en caso de desviación significativa de consumo no prevén excepciones de aplicación (4:48 p.m.)

Openx [71](300x120)

78368

19 de Diciembre de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

No existe ninguna disposición que establezca excepciones sobre la aplicación de los artículos 149 y 150 de la Ley 142 de 1994, relacionados con el cobro de servicios no facturados en caso de desviaciones significativas frente a consumos anteriores, en razón al tipo de usuarios. Por lo tanto, es obligación de dichos prestadores dar aplicación a las normas, siempre y cuando se cumplan los supuestos establecidos para su procedencia. Así lo señaló la Superintendencia de Servicios Públicos, en oficio de noviembre.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)