No se pueden suspender los efectos de una sentencia de tutela proferida por la Corte Constitucional: Consejo de Estado (10:23 a.m.)
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04 de Octubre de 2012
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En el proceso de nulidad contra el Decreto 4444 del 2006, que reglamentó la prestación de algunos servicios de salud sexual y reproductiva, se solicitó la suspensión de los efectos de la Sentencia T-627 del 2012, en la que se ordenó al Procurador General de la Nación rectificar sus declaraciones sobre las campañas de salud sexual. En la contestación, el Consejo de Estado resalta que no es posible suspender los efectos de una sentencia proferida por la Corte Constitucional en los procesos de nulidad, en virtud de la reproducción de actos suspendidos. El alto tribunal explicó que la prohibición de reproducción se refiere a actos administrativos, mas no a sentencias. Entre los argumentos que presenta el requerimiento se encuentra la interferencia de este fallo en la función administrativa de la Procuraduría General de la Nación. Cabe recordar que el alto tribunal accedió a la solicitud de prelación de fallo en este proceso, por lo que pronto se conocerá una decisión al respecto.
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