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No es posible extender el fuero de maternidad a mujeres vinculadas por contrato de prestación de servicios: Consejo de Estado (9:14 a.m.)

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31 de Marzo de 2011

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No es jurídicamente posible igualar los efectos y la protección que brinda la ley al contrato de trabajo y a la relación legal y reglamentaria con el contrato de prestación de servicios, incluso en lo referente al fuero de maternidad, más aun cuando la terminación del contrato celebrado entre las dos partes se dio por causas objetivas, bien sea por el vencimiento del plazo del contrato o el cumplimiento de su objeto y no por razones del embarazo de la contratista. Así lo señaló el Consejo de Estado en reciente acción de tutela en la que negó el amparo del derecho a la estabilidad laboral y fuero de maternidad de una contratista de la Contraloría a la que se le dio por terminado su contrato de prestación de servicios. La sala añadió que como los contratos se rigen por el estatuto de la contratación estatal y no por el Código Sustantivo del Trabajo, no era necesario solicitar el permiso al Ministerio de la Protección Social (C. P. Mauricio Torres Cuervo).

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