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28 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Niegan nulidad de elección de María del Mar Pizarro como congresista

09 de Septiembre de 2022

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Corte se inhibe de pronunciarse sobre cesación del derecho a impugnar la paternidad de algunos herederos (Freepik)

Cuando un ciudadano inscribe su candidatura por una coalición debe quedar claro al momento de su registro la colectividad a la que se encuentra afiliado y las que decide apoyar de forma conjunta en su aspiración electoral, con fundamento en la Resolución 2151 del 2019 del CNE.

Vale la pena resaltar que en el ordenamiento jurídico no hay disposición que extienda la inhabilidad consagrada en el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución a las coaliciones, es decir, el legislador no incluyó en su decisión prevenir el nepotismo en las alianzas.

Caso concreto

El hecho que las hermanas Pizarro (María José, senadora, y María del Mar, representante a la Cámara) se hayan inscrito por las coaliciones denominadas Pacto Histórico no quiere decir que sus postulaciones sean por la misma agrupación política, pues la jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Sala Electoral del Consejo de Estado sostienen que quien se inscribe a través de este mecanismo mantiene su filiación y deber de lealtad con la organización que lo avala, sin que pueda predicarse la creación de una nueva colectividad.

De otra parte, se aclara que la demandada no se inscribió por la misma coalición, dado que por cada circunscripción se suscribió un acuerdo separado, del cual se puede advertir que no representa una fusión administrativa o financiera ni de otro tipo entre partidos.

Así las cosas, tampoco se puede decir que fue el mismo documento el que suscribieron las hermanas Pizarro para inferir que se trata de la misma coalición, dado que los textos firmados parten de obligaciones contraídas en acuerdos diferentes, de donde se extrae sin ninguna duda que esta alianza no implica la formación de una nueva entidad distinta de quienes se unieron.

Por lo anterior, negaron las pretensiones de la demanda dirigidas a obtener la nulidad del acto de elección de María del Mar Pizarro García como representante a la Cámara por Bogotá, periodo 2022-2026 (C. P.: Rocío Araújo Oñate).

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