Monto de rentas cedidas para la salud de los departamentos y el Distrito Capital previsto en la Ley 1438 del 2011 no se aplica a los municipios (4:42 p.m.)
11 de Noviembre de 2011
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Nota:
77406
Lo previsto en el numeral 3 del artículo 44 de la Ley 1438 del 2011 (reforma a la salud), según el cual del monto total de rentas cedidas para la salud de los departamentos y el Distrito Capital se destinarán, por lo menos, el 50 % a la financiación del régimen subsidiado o el porcentaje que a la entrada en vigencia de la ley (enero 19 del 2011) estén asignando, no es aplicable a los municipios, pues la norma lo limita expresamente. Así lo señaló el Ministerio de la Protección Social.
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