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Modifican términos para requerimientos de subsanación respecto de la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas (2:51 p.m.)

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18 de Septiembre de 2019

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Con la Resolución 4121 del 2019, el Consejo Nacional Electoral modificó y adicionó las disposiciones que regulan el procedimiento para el reconocimiento de recursos estatales de financiación política, a través de la reposición de gastos de campaña. Así, por ejemplo, los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos tendrán dos meses, contados a partir del día siguiente de la comunicación del requerimiento, para su efectiva contestación, la cual deberá atender a cabalidad las indicaciones realizadas por la corporación. Por otra parte, una vez efectuado el desembolso de los dineros, las agrupaciones políticas tendrán tres meses para rendir informe detallado de la distribución de los recursos asignados, con sus debidos soportes, so pena de las sanciones contempladas en el artículo 12 de la Ley 1475 del 2011. En el archivo adjunto puede consultar la norma. 

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