Modifican tarifa de función registral en actos o negocios jurídicos que por su naturaleza tienen cuantía
23 de Febrero de 2022
Teniendo en cuenta el valor de la UVT fijado para la vigencia 2022, la Superintendencia de Notariado y Registro ajustó la tabla de rangos para la aplicación de las tarifas establecidas en el literal b) del artículo 1 de la Resolución 2436 del 2021, por la cual se actualizan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral, manteniendo los rangos establecidos en UVT y las tarifas para el año 2021.
Así las cosas, en los actos o negocios jurídicos que por su naturaleza tienen cuantía se les aplicará la tarifa diferencial que corresponda, según la siguiente tabla:
RANGOS UVT |
TARIFAS |
|
<= 250,23 |
36.900,00 |
|
> 250,23 |
<= 3.753,41 |
6,32 X MIL |
> 3.753,41 |
<= 6,505,91 |
7,85 X MIL |
> 6.505,91 |
<= 9,633,76 |
8,74 X MIL |
> 9,633,76 |
9,24 X MIL |
Una vez el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) publique el aumento del porcentaje del índice de precios al consumidor, se procederá a la expedición de la resolución por la cual se actualizan las tarifas de los derechos por la prestación del servicio público registral para la vigencia 2022.
Mientras no se cuente con el insumo requerido para la actualización de las tarifas de los derechos por la prestación del servicio público registral para la vigencia 2022, serán aplicables los valores establecidos en la Resolución 2436 del 2021.
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