Mincomercio elimina algunas disposiciones obsoletas de su decreto único reglamentario
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07 de Octubre de 2020
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El Ministerio de Comercio derogó los artículos 2.2.1.2.1.1; 2.2.1.2.1.2; 2.2.1.2.1.3; 2.2.1.2.1.4; 2.2.1.2.1.5; 2.2.1.2.2.1; 2.2.1.2.2.2 y 2.2.4.1.4.5 del Decreto 1074 del 2015, único reglamentario del sector. Igualmente, suprimió los artículos 2.2.2.11.2.11; 2.2.2.41.5.4; 2.2.2.42.1; 2.2.2.42.2; 2.2.2.48.3.12; 2.2.3.5.2.11 y 2.2.4.1.3.13. También eliminó los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.7.5.4; 2.2.1.7.6.2.; 2.2.2.4.2.76.; 2.2.2.11.2.5.5.1; 2.2.2.55.4 y 2.2.4.1.3.7. El ministerio explicó que se trata de la depuración de algunas disposiciones obsoletas. Por ejemplo, saca los artículos que hacen alusión al Fomipyme, fondo que dejó de existir para darle paso a iNNpulsa Colombia, con lo cual, las normas que tratan el funcionamiento de dicha entidad ya no se aplican. De igual manera, excluyó las normas que hacen alusión a disposiciones transitorias cuyo periodo de vigencia ya se cumplió y las disposiciones ordenadas ya se ejecutaron.
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