Esto precisa la CREG sobre el informe de certificaciones de instalación interna de gas
13 de Agosto de 2020
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Nota:
118006
Considerando las nuevas disposiciones adoptadas mediante la Resolución 154 del 2020, la dirección ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) da alcance al formato anexo a la Circular 063 del 2020, conforme al cual las empresas distribuidoras de gas deben presentar el informe del estado de certificación de las instalaciones internas de gas combustible de sus usuarios. El informe en mención deberá ser remitido periódicamente al correo electrónico creg@creg.gov.co dentro de los 10 primeros días de cada mes, excepto para este mes de agosto, el cual deberá reportarse, a más tardar, el día 14, exclusivamente, en el archivo Excel adjunto debidamente diligenciado.
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