Determinan reglamento para calcular la energía no suministrada (3:22 p.m.)
22 de Octubre de 2012
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Nota:
83775
La Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció el procedimiento para reportar eventos relacionados con la transmisión de energía eléctrica a través de los sistemas de transmisión nacional y regional. Así mismo, definió los plazos para presentar dichos reportes, que deben contener la siguiente información: activo sobre el cual se presenta el evento, fecha y hora de ocurrencia, su duración y la capacidad disponible del activo durante el evento. Además, aclaró que el Centro Nacional de Despacho (CND) precisará mayores plazos para el ingreso del reporte de hechos ocasionados por catástrofes naturales o actos de terrorismo. Por otra parte, se fijó el procedimiento que deberá seguir el CND para la estimación de la energía no suministrada (ENS) y del porcentaje de energía no suministrada (PENS) originada por eventos ocurridos en el sistema nacional y regional. Finalmente, precisó que cuando en un mismo activo y en un mismo periodo horario se presentan dos o más eventos, la ENS se calculará con las fórmulas previstas, sin hacer desagregación de cada uno de los eventos ocurridos.
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