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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 23 minutos | ISSN: 2805-6396

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Así regulan el incentivo a las inversiones en hidrocarburos y minería

04 de Enero de 2018

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En el Decreto 2253 del 2017 se pueden conocer los parámetros y lineamientos definidos por el Ministerio de Minas para el otorgamiento del incentivo al incremento de las inversiones en exploración y explotación de hidrocarburos y minerales a través de Certificados de Reembolso Tributario (Cert) (artículo 365 de la Ley 1819 del 2016).

 

Las inversiones en el sector de hidrocarburos que darán lugar al otorgamiento del Cert serán exclusivamente aquellas que tengan por objeto el descubrimiento de:

 

  • Nuevas reservas de hidrocarburos.

 

  • La adición de reservas probadas.

 

  • La incorporación de nuevas reservas recuperables, ya sea mediante actividades de exploración o mediante actividades dirigidas al aumento del factor de recobro en proyectos de cuencas en tierra firme, incluidas, en este último caso, las respectivas pruebas piloto.

 

El Ministerio de Hacienda definirá anualmente el cupo del Cert que podrá ser otorgado. Una vez se conozca el cupo definido, dicha cartera expedirá un acto administrativo que establecerá el monto correspondiente del cupo que le corresponde a hidrocarburos y a minería. (Lea: La licencia ambiental: entre el eufemismo y la sostenibilidad)

 

En el caso de hidrocarburos también se definirá cuánto se distribuirá para proyectos de exploración y para proyectos de aumento de factor de recobro, mientras que en minería se establecerá cuánto corresponderá para proyectos de exploración, construcción y montaje y explotación por mineral.

 

Es importante señalar que la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería, mediante resolución, implementarán todos los trámites necesarios para otorgar el incentivo. (Lea: ¿Debe preceder concertación entre autoridades nacionales y locales para realizar una consulta popular?

 

Finalmente, estas dos entidades deberán controlar el monto de Cert expedido frente al cupo asignado y serán responsables de la veracidad de la información incluida en los informes que dan cuenta de todos los beneficiados.

 

Minminas, Decreto 2253, Dic. 29/17

 

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