Acuerdos binacionales sobre combustibles líquidos prevalecen sobre normas internas (3:56 p.m.)
81681
08 de Junio de 2012
Escucha esta noticia audio generado con IA
Las actividades de importación relacionadas con el cumplimien¬to de acuerdos binacionales celebrados por Colombia respetarán las condiciones pactadas en los distintos contratos suscritos para el suministro de combustibles líquidos. Así, las previsiones de entrega, cantidad y precio acordadas entre las partes serán atendidas de manera prevalente sobre las disposiciones internas de los países firmantes. Así lo estableció el Ministerio de Minas, en la Resolución 180861, del pasado 5 de junio.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!