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Así se aplicarán las medidas antitrámites relacionadas con el SOAT

17 de Enero de 2012

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Nota:
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Con la expedición del Decreto-Ley 19 del 2012, las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) que atiendan a las víctimas de accidentes de tránsito reclamarán directamente los servicios prestados ante un solo pagador, que sería la compañía que emite el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), explicó el presidente Juan Manuel Santos.

 

La nueva legislación también permitirá la repetición de los créditos a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), que cubrirá las prestaciones en casos de accidentes de tránsito con vehículos no asegurados o no identificados. El Ministerio de Salud y Protección Social podrá cobrar estas prestaciones, a través del procedimiento administrativo de cobro coactivo.

 

Además, el Fosyga podrá consignarles directamente a los beneficiarios el monto correspondiente a la indemnización por el accidente.

 

Indemnización por muerte

Por su parte, la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) destacó la simplificación del cobro de las indemnizaciones en caso de muerte en accidente de tránsito y del reconocimiento de los gastos funerarios.

 

Desde el pasado 10 de enero, se debe efectuar una única reclamación por 750 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, 14.167.500 pesos.

 

Anteriormente, esas coberturas se cobraban por separado, lo que duplicaba el trámite de documentación y acreditación como beneficiario.

 

De acuerdo con un estudio de Fasecolda, en el 2010, un 36% de los beneficiarios solo reclamó la indemnización por muerte, un 12% pidió la cobertura de gastos funerarios y un 52% reclamó ambas coberturas.

 

Según Ricardo Gaviria, director de la Cámara Técnica del SOAT de Fasecolda, esta modificación hará más fácil el proceso de reclamación y favorecerá directamente a los beneficiarios, que podrán acceder a toda la cobertura, sin necesidad de justificar los gastos funerarios.

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