Medidas transitorias para que exintegrantes de las Farc puedan acceder de forma excepcional al beneficio de asignación mensual
14 de Septiembre de 2020
Con la Resolución 1279 del 2020, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización fijó medidas transitorias para que las personas del proceso de reincorporación puedan acceder de forma excepcional al beneficio de asignación mensual. Entonces, la persona en proceso de reincorporación recibirá el beneficio económico previsto en el artículo 25 de la Resolución 4309 del 2019, de forma excepcional, bajo las siguientes condiciones: (i) contar con la aplicación del Registro Nacional de Reincorporación o (ii) haber asistido a una actividad, presencial o no presencial, de acuerdo a las siguientes consideraciones: a) registrar una asistencia durante los meses de junio o julio del 2020 para el desembolso en los meses de septiembre y octubre del 2020; b) registrar una asistencia durante los meses de agosto o septiembre del 2020, para el desembolso en los meses de noviembre y diciembre del 2020 y c) registrar una asistencia durante los meses de octubre o noviembre del 2020, para el desembolso en el mes de enero del 2021.
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