Marco Jurídico para la PazFiscal de la CPI objeta suspensión de pena y participación en la vida pública para guerrilleros (11:28 a.m.)
16 de Agosto de 2013
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Nota:
90589
La suspensión de la pena por crímenes internacionales iría en contra de la finalidad del Estatuto de Roma, indicó la fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, en una carta dirigida al presidente de la Corte Constitucional, Jorge Iván Palacio. En ella, da cuenta de las conclusiones que fueron expresadas al Gobierno colombiano en torno al marco de aplicabilidad jurídica de una eventual desmovilización de la subversión armada. Otra de sus objeciones indica que, para ella, uno de los condicionamientos para el otorgamiento de los beneficios jurídicos debe ser la prohibición de participación en la vida pública para quienes se acojan a la justicia transicional. A su juicio, la suspensión de la pena supondría una decisión inadecuada a favor de los principales responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad, dado que implica propiciar que el desmovilizado no permanezca en estado de reclusión, algo que equivaldría a otorgar el perdón por crímenes internacionales. Según la fiscal, “una condena grosera o manifiestamente inadecuada” invalidaría la autenticidad del proceso judicial al que, dice, ya han sido sometidos en ausencia quienes se reconocen como principales artífices de este tipo de actuaciones delictivas. Indica además que una medida de esta naturaleza pareciera denotar la intención de desligar a los excombatientes de su responsabilidad penal, lo que contrariaría el deber de someterlo a la acción de la justicia, como lo precisan los apartes de los artículos 17 y 20 del Estatuto de Roma. Factores como este serían analizados por la CPI, si tuviera que fallar sobre el tema.
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