13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 29 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Licencias ambientales en parques naturales no eximen al Estado de su protección: Corte Constitucional (3:24 p.m.)

27 de Noviembre de 2012

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Nota:
84988
La Corte Constitucional aclaró que aunque es exequible la competencia otorgada al Ministerio de Ambiente y otras autoridades para expedir licencias ambientales en parques nacionales naturales (numeral 9 del artículo 52 de la Ley 99 de 1993), dicha concesión no libra al Estado de la protección de esas áreas, por cuanto debe seguir vigilando que no se violen ciertas prohibiciones, como el desarrollo de actividades económicas que impliquen deterioro, como la hotelería, la minería, la industria o la ganadería. La corporación hizo un recuento de su línea jurisprudencial desarrollada a partir de la Sentencia C-694 de 1997 ( M.P. Luis Guillermo Guerrero).

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