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General


Reforma al sistema de salud no requería consulta previa a minorías étnicas

Según la Corte Constitucional, la Ley 1438 del 2011 no afecta directamente los intereses de estas comunidades.
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28 de Agosto de 2012

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La Ley 1438 del 2011, que reformó el Sistema de Seguridad Social en Salud, no requería consulta previa a las minorías étnicas, pues no afecta de manera directa y específica a las comunidades afrodescendientes, raizales o a la población gitana o Rom, señaló la Corte Constitucional.

 

Según el alto tribunal, como la norma regula el modelo de prestación del servicio de salud de forma general y abstracta, los intereses específicos de estas comunidades no se ven directamente afectados.

 

“No existe una vinculación intrínseca, razonable y objetiva con la identidad étnica de los grupos minoritarios, cualquiera que sea su origen, ni con sus costumbres, bienes o prácticas”, señala la sentencia.

 

La Corte recordó que la Sentencia C-791 del 2011 ya se había referido al tema, al concluir que la finalidad de la Ley 1438 es fortalecer el sistema, regulando el modelo de prestación del servicio de forma general.

 

El magistrado Mauricio González aclaró el voto. En su opinión, la acción de inconstitucionalidad por falta de consulta previa debe someterse al término de caducidad establecido para los cargos relacionados con la formación de una ley. La magistrada María Victoria Calle, por su parte, anunció la presentación de una aclaración de voto.

 

(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-641, ago. 22/12, M. P. Nilson Pinilla)

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