General
Procuraduría sanciona a presidente y junta directiva de Saludcoop
18 de Octubre de 2012
En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con multa de 100 salarios mínimos e inhabilidad de 18 años para ejercer función pública o contratar con el Estado al representante legal de la EPS Saludcoop, Carlos Augusto Palacino Antía, por irregularidades en la formulación de recobros y por apropiarse de recursos públicos en provecho propio.
El Ministerio Público advirtió que los recursos del sistema de seguridad social en salud son rentas de naturaleza parafiscal que comportan contribuciones obligatorias de naturaleza pública. Por lo tanto, el presidente de la EPS y los miembros del consejo de administración son sujetos disciplinables y deben responder por los hechos irregulares demostrados en el proceso.
Así mismo, señaló que las pruebas recaudadas en el proceso permitieron concluir que los investigados incurrieron en faltas disciplinarias al realizar recobros al Fosyga por medicamentos y prestaciones excepcionales no incluidos en el plan obligatorio de salud, utilizando como soporte cheques que respaldaban facturas que no habían sido canceladas.
Según el procurador segundo delegado para la Vigilancia Administrativa, Fernando Brito Ruiz, Saludcoop obtuvo el ingreso de recursos que no le correspondían, pues en el 2010 gestionó el recobro antes de efectuar el pago de la facturación reclamada, con lo que incumplió la Resolución 3099 del 2008.
Una visita de inspección adelantada por la Dirección de Investigaciones Especiales de la Procuraduría permitió demostrar que en una muestra de 200 cheques, el 2 % del total de los títulos valores que respaldaban 7.255 facturas por 4.729 millones de pesos no habían sido cancelados antes del recobro y fueron pagados a los 30, 60, 90 y 180 días siguientes.
“Con este proceder el presidente de la EPS, Carlos Augusto Palacino Antía, incurrió en concurso ideal de faltas disciplinarias, por cuanto inobservó normas de obligatorio cumplimiento y adecuó su comportamiento a los tipos penales de estafa e incremento patrimonial a favor de terceros”, señaló.
Al dar a conocer el fallo, el Ministerio Público desvinculó de la investigación a Carolina Lamus, en su condición de vicepresidenta Administrativa y miembro de la junta administradora de Epsifarma, y a Javier Mauricio Sabogal Jaramillo, vicepresidente Financiero y representante legal suplente, por no ser sujetos disciplinables.
Copia de la decisión será remitida a la Junta Nacional de Contadores, para que investigue la actuación del Revisor Fiscal de Saludcoop; a la Superintendencia Nacional de Salud; a la Superintendencia de la Economía Solidaria; a la Fiscalía General de la Nación y a la Contraloría General de la República.
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