General
Problemas administrativos de las EPS no pueden dilatar la atención de los pacientes
07 de Diciembre de 2011
Los problemas administrativos de las EPS no son excusa para negarles o dilatares el tratamiento a los pacientes, pues son de la esfera interna de la entidad y no deben trasladarse a los usuarios, advirtió la Corte Constitucional.
En sentencia del pasado 23 de septiembre, la Corte afirmó que los trámites burocráticos y administrativos que demoran injustificadamente el acceso al servicio vulneran los derechos a la salud, a la vida y al mínimo vital de las personas.
De acuerdo con el fallo, el servicio de salud debe prestarse eficientemente y, por ende, las EPS no pueden interrumpirlo de forma intempestiva e irrazonable.
Con estos argumentos, la corporación confirmó una sentencia de tutela en la que se le ordenó a la Supersalud investigar a Caprecom y a una clínica de Manizales.
Según el alto tribunal, las entidades actuaron negligentemente al no hospitalizar a una persona portadora de VIH, aduciendo que no había camas de aislamiento para atenderla. Además, declaró la carencia actual de objeto, porque la paciente falleció.
(C. Const., Sent. T-700, M. P. Jorge Ignacio Pretelt, sep. 23/11)
Opina, Comenta