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Médico que no practicó bien un aborto deberá hacerse cargo de manutención de recién nacido

31 de Mayo de 2012

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Con menos de siete semanas de embarazo, una mujer de 22 años, residente en Palma de Mallorca (España), acudió a un centro médico para practicarse un aborto.

 

La intervención se realizó aparentemente sin problemas. Sin embargo, el médico a cargo del procedimiento le advirtió que era necesario realizar un nuevo chequeo. Una vez efectuado, el diagnóstico del especialista confirmó que en la ecografía no se apreciaba material ovular.  

 

Tres meses después, la mujer volvió a consulta, creyendo que había vuelto a quedar embarazada.

Pero la sorpresa fue grande: los médicos le confirmaron que tenía 22 semanas de gestación, y que debía seguir adelante con el embarazo, pues en España es delito abortar después de las 14 semanas. Conocido el diagnóstico, la mujer decidió llevar su caso a la justicia.

 

En primera instancia, un juez de Palma de Mallorca decidió que el médico y la clínica deben pagarle una indemnización 150.000 euros a la mujer, por los daños morales ocasionados. Según el fallo, la situación provocó en la demandante “un estado de zozobra, angustia y ansiedad”.

 

Pero eso no es todo: los demandados tendrán que hacerse cargo de la manutención del niño, hasta que cumpla los 25 años de edad, consignando 978,26 euros mensuales, hasta completar la suma de 270.000 euros.

 

Como fundamento de la condena, el juez afirmó que la mujer no continuó con su embarazo por decisión propia, sino por un error del médico. El nacimiento, explica el fallo, “no fue deseado ni buscado por ella, que puso todos los medios a su alcance para impedirlo, sino resultado de la negligencia médica constatada”.

 

Además, concluyó que la mujer no tuvo el seguimiento debido a su embarazo, “pues careció de análisis y pruebas médicas a fin de asegurar la correcta evolución del feto”.

 

(Con información del diario El País)

 

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