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Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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IMPORTANTE: Muertes por causas naturales serán certificadas por profesionales de la salud

30 de Julio de 2018

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Una circular de la Fiscalía y el Ministerio de Salud denominada “Aplicación del Procedimiento para la Expedición de Certificados de Defunción por Muerte Natural” permitirá que la policía judicial concentre sus esfuerzos en otras labores de investigación penal, por lo que serán los médicos y trabajadores de la salud quienes certifiquen las muertes naturales sin necesidad de inspección judicial.

 

Esta directriz representa un cambio en la práctica actual, indica el ministerio, pues con cada inspección a cadáver por muerte natural o estudio forense “se genera una noticia criminal que representa costos administrativos para la Fiscalía y el Instituto de Medicina Legal, además de la ocupación de personas, equipos y otros elementos necesarios para otras tareas de investigación”,. (Lea: Esta sería la regulación para la muerte digna de menores)

 

Estadísticas

 

Medicina Legal practicó 28.410 necropsias médico legales para determinar mecanismos de muerte en el año 2017, de las cuales 4.023 dictámenes concluyeron que correspondían a situaciones naturales y de salud.

 

Así, se abrieron 3.598 investigaciones por posible homicidio, pero fueron archivadas ante la certeza de que los decesos ocurrieron por causas naturales.

 

De otra parte, en lo transcurrido de este año, la caracterización de las muertes naturales pasó del 14 % al 47 %, para un total de 2.542 procesos que limitaron la capacidad judicial y que también fueron cerrados.

 

Ámbito de aplicación

 

La realización de autopsia por parte de Medicina Legal y la intervención de la policía judicial serán excepcionales y únicamente procederán en los siguientes eventos:

 

-          Homicidio o sospecha de homicidio.

 

-          Suicidio o sospecha de suicidio. (Lea: Estos son los pasos para realizar la declaración de voluntad anticipada)

 

-          Cuando se requiera distinguir entre homicidio y suicidio.

 

-          Muerte accidental o sospecha de la misma.

 

-          Otras muertes en las cuales no exista claridad sobre su causa o la autopsia sea necesaria para coadyuvar a la identificación de un cadáver cuando medie solicitud de la autoridad competente.

 

Por último, es bueno precisar otras situaciones en las que también se debe practicar de manera especial la autopsia médico legal:

 

-          En casos de muertes ocurridas en personas bajo custodia ordenada por autoridad oficial, como aquellas privadas de la libertad o que se encuentren bajo vigilancia.

 

-          En el evento de muertes en las que se sospecha como causa una enfermedad profesional o accidente de trabajo.

 

-          Cuando exista sospecha de que la muerte ha sido causada por agentes químicos o biológicos, drogas, etc.

 

-          Las muertes ocurridas en menores de edad, ante la sospecha de abandono o maltrato.

 

-          En los casos de muerte de gestantes o del producto de la concepción cuando se sospeche de aborto espontáneo.

 

Las EPS y las entidades territoriales deben garantizar la aplicación de dicho procedimiento sin dilaciones ni imposición de cargas a los familiares; y los profesionales que incumplan esta disposición serán investigados y sancionados.

 

Ministerio de Salud, Jul. 27/18.                      

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