Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

General


Falta de historia clínica indica fallas en la atención médica

Según la Sección Tercera, la ausencia de este documento es un indicio grave e indicativo de las posibles fallas en la atención que recibió el paciente.
12992
Imagen
salud-consulta-medicos-formulashut-1509241921.jpg

12 de Diciembre de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Las entidades de salud, como hospitales, clínicas, entidades promotoras, entre otras, tienen la carga de diligenciar y conservar la historia clínica de los pacientes atendidos, advirtió la Sección Tercera del Consejo de Estado.

 

En consecuencia, la falta de este documento constituye un indicio grave en su contra, que tendrá que interpretarse como un hecho indicativo de la existencia de falencias en la atención que recibió el paciente, precisó.

 

Al respecto, la corporación recordó que, según lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 23 de 1981, la historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente, que, de acuerdo con la jurisprudencia de la sección, permite garantizar no solo el adecuado seguimiento y el acierto en el diagnóstico, sino también la verificación de la prestación del servicio de salud (C. P. Ramiro Pazos). 

 

Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 05001233100019990205901 (40057), 10/03/2016

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)