La prescripción trienal de los derechos laborales cobija a los empleados públicos: Corte Suprema de Justicia (2:22 p.m.)
25 de Abril de 2013
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Nota:
88046
La Corte Suprema de Justicia señaló que la prescripción trienal de los derechos que emanen de las “leyes sociales” debe entenderse que cobija también a los empleados públicos, pese a que su régimen laboral esté previsto en sus propios estatutos, porque esas leyes abarcan el tema laboral sin importar el status de trabajador oficial o de empleado público. En este sentido, la Sala Laboral recordó que la norma aplicable en materia de prescripción es el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y que los servidores públicos están excluidos de la aplicación de la parte individual del Código Sustantivo de Trabajo al regirse por normas especiales, mas no de la parte colectiva, que se extiende tanto a los trabajadores particulares como oficiales (M. P. Rigoberto Echeverri Bueno).
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