Instrucciones para reportar conciliación trimestral de subsidios otorgados a usuarios de energía con paneles solares
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05 de Febrero de 2021
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Mediante la Circular 40002, informan las instrucciones para que los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica que atienden usuarios mediante solución solar fotovoltaica individual (SSFVI), con potencia mayor a 0.5kW en las zonas no interconectadas (ZNI), realicen y reporten al Ministerio de Minas y Energía su conciliación trimestral de subsidios, en los términos del artículo 5 de la Resolución 40296, del 07 de octubre del 2020. Así, por ejemplo, los prestadores a las que se refiere dicha norma, que atienden usuarios mediante SSFVI, deberán realizar su conciliación trimestral de subsidios, con corte al último día de cada trimestre calendario. Más detalles en el archivo adjunto a esta nota.
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