Inhabilidad por representación de entidades del régimen subsidiado de salud busca salvaguardar proceso de influencias
27 de Octubre de 2021
Luego de estudiar la inhabilidad por representación de entidades de seguridad social en salud del régimen subsidiado, la Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó una sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Sucre que declaró la nulidad de la designación de Andy José Ruíz Serna como concejal del municipio de Sincelejo para el periodo 2020-2023.
En esta providencia, el alto tribunal administrativo indicó que para comprender esta causal es necesario conocer cómo está estructurado el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Al respecto, y conforme a las leyes 100 de 1993, 1122 del 2007, 1438 del 2011 y el Decreto 780 del 2016, el sistema de salud está integrado por dos regímenes: el contributivo y el subsidiado.
Para lograr la afiliación de la población al régimen subsidiado, los entes territoriales tienen la responsabilidad y a su cargo la operación adecuada de dicho proceso, en virtud de su competencia descentralizada para atender esa labor, conforme a la Constitución y la ley.
De esta forma, los municipios, distritos y departamentos tienen funciones específicas frente a la identificación y afiliación de la población objeto, así como sobre la inversión, contratación y seguimiento de la ejecución de los recursos que financian el régimen. Así mismo, es deber de los entes territoriales el seguimiento y vigilancia al acceso efectivo a los servicios contratados por las EPS, por parte de la población beneficiaria, es decir, sobre la ejecución misma de los contratos suscritos con las EPS.
Posteriormente, explicó las cuatro hipótesis que constituyen inhabilidades autónomas o independientes y concluyó que la teleología de esta inhabilidad está fundada en la necesidad de salvaguardar el proceso eleccionario de las influencias de quienes administran estos cuantiosos dineros pertenecientes al régimen subsidiado en salud, vinculado a la población más necesitada y vulnerable del país, en detrimento de la igualdad de los participantes en las elecciones (M. P. Luis Alberto Álvarez Parra).
Opina, Comenta