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Hacen ajustes al marco regulatorio del Fondo de Solidaridad Pensional (4:37 p.m.)

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03 de Marzo de 2014

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El Gobierno, mediante el Decreto 3771 del 2007, reglamentó la administración y funcionamiento del Fondo de Solidaridad Pensional. Sin embargo, en aras de precisar el alcance y aplicación de algunas de las disposiciones establecidas, ahora considera necesario introducir algunas modificaciones que contribuyan a la gestión. Por lo anterior, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 455 para introducir cambios en temas como las obligaciones del administrador fiduciario del fondo, modalidades de beneficios, criterios de priorización y pérdida del derecho al subsidio, para este último caso la nueva norma excluye de las causales ser propietario de más de un bien inmueble y a su vez introduce el hecho de percibir otro subsidio a la vejez en dinero, que sumado con el del programa de protección social al adulto mayor sea superior a medio salario mínimo mensual legal otorgado por alguna entidad pública. Por otra parte, agrega que el ICBF priorizará a las personas que ostentaron la calidad de madres comunitarias que pueden acceder al subsidio económico directo de la subcuenta de subsistencia del fondo.

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