Gobierno fija procedimiento para la venta de participaciones en centrales de abastos y fondos ganaderos (3:10 p.m.)
26 de Abril de 2013
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Nota:
88014
Mediante el Decreto 0804, el Ministerio de Agricultura fijó el procedimiento que debe seguirse para la enajenación de las participaciones sociales que los organismos y entidades del orden nacional, así como las entidades descentralizadas, posean en los fondos ganaderos, las centrales de abastos y las empresas del Fondo Emprender relacionadas con el sector agropecuario. Para cada proceso, el organismo o entidad, en coordinación con el Ministerio de Hacienda, deberá elaborar un programa de enajenación que contenga los términos y condiciones en los que se realizará la misma. De igual manera, la norma estableció los parámetros para la determinación del precio y la forma de pago.
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