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Fijan requisitos de la solicitud de examen de límites de entidades territoriales (3:16 p.m.)

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23 de Noviembre de 2012

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El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) determinó que la solicitud de examen de límites de entidades territoriales, como mínimo, debe contener la identificación de la entidad que lo solicita, nombres y apellidos, documento de identidad y dirección de su representante legal y el objeto exacto de la petición, donde se precise el área, el sector, la parte o la totalidad del límite respecto del cual se solicita la revisión y las razones en que se apoya dicha solicitud. El DANE indicó que para la revisión periódica deben haber transcurrido al menos 20 años, contados desde la fecha de finalización del último deslinde realizado. Sin embargo, cuando la normativa sea clara e identificable en terreno, las entidades territoriales no podrán de común acuerdo o independientemente establecer soluciones limítrofes o pedir trazados diferentes a los previstos.

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