Fijan procedimiento para que beneficiarios del Fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolina reorienten recursos como renta de destinación específica
05 de Agosto de 2020
El Ministerio de Transporte estableció el procedimiento que deben seguir los departamentos beneficiarios del Fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolina que reorienten los recursos de la presente vigencia para la ejecución de acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia económica, con base en la autorización establecida por el artículo 1° del Decreto Legislativo 461 del 2020 y dentro del marco del mismo. Estas disposiciones aplican a los departamentos de Amazonas, Chocó, Guainía, Guaviare, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y San Andrés, Providencia y Santa Catalina como beneficiarios del fondo y al Ministerio de Salud, al Ministerio de Transporte, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) o la entidad que sea competente según el asunto de los proyectos o solicitudes a desarrollar.
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