Fijan procedimiento para que beneficiarios del Fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolina reorienten recursos como renta de destinación específica
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05 de Agosto de 2020
El Ministerio de Transporte estableció el procedimiento que deben seguir los departamentos beneficiarios del Fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolina que reorienten los recursos de la presente vigencia para la ejecución de acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia económica, con base en la autorización establecida por el artículo 1° del Decreto Legislativo 461 del 2020 y dentro del marco del mismo. Estas disposiciones aplican a los departamentos de Amazonas, Chocó, Guainía, Guaviare, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y San Andrés, Providencia y Santa Catalina como beneficiarios del fondo y al Ministerio de Salud, al Ministerio de Transporte, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) o la entidad que sea competente según el asunto de los proyectos o solicitudes a desarrollar.
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