Fijan disposiciones para el funcionamiento y selección de miembros del Consejo nacional asesor en cáncer infantil
17 de Diciembre de 2020
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Nota:
119651
El Consejo nacional asesor de cáncer infantil (Conacai) es el encargado de efectuar el seguimiento y monitoreo de la implementación de la Ley 1388 del 2010, así como de las políticas y planes nacionales que de la misma norma se deriven. El Conacai, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 1388, estará integrado por el Ministro de Salud; el Director del Instituto Nacional de Cancerología; el Presidente de la Asociación Colombiana de Hematología y Oncología Pediátrica; el Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; un representante de las EPS y un representante de las IPS; un representante de las organizaciones sin ánimo de lucro o fundaciones dedicadas al apoyo de los niños que padecen cáncer y un representante de los padres de familia. Así mismo, podrán participar como invitados los representantes de los consejos departamentales y distritales asesores de cáncer infantil, para el análisis de situaciones especiales de sus respectivas regiones, o para hacer propuestas de interés nacional, y otras instituciones, sectores o personas, según consideren los miembros de la instancia, con derecho a voz, pero sin voto.
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