Falta de puestos de salud en zonas marginadas vulnera derechos de acceso a infraestructura del servicio
16 de Marzo de 2021
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La preocupación por la prestación de los servicios de salud en territorios caracterizados por una población dispersa (zonas de baja densidad poblacional) y/o por encontrarse en zonas alejadas y/o de difícil acceso (zonas marginadas) llevó al legislador a impulsar la presencia y fortalecimiento de la institucionalidad pública de las empresas sociales del Estado (ESE). Lo anterior para poder superar las dificultades, principalmente del orden de la sostenibilidad financiera, que esas situaciones plantean frente a la variada complejidad de dichos servicios, indicó la Sección Tercera del Consejo de Estado. También explicó que la prestación de los servicios de salud a una población rural se ve afectada con el cierre de los puestos o centros que allí operaban. Ello en la medida en que las entidades responsables, al haber omitido adoptar medidas que contrarrestaran los efectos, contribuyeron de forma determinante en la desmejora de esos servicios. Con todo afirmó que el cierre de los puestos y centros sin la adopción de medidas eficaces que compensaran la ausencia casi permanente de ese primer nivel de atención de una limitada oferta y accesibilidad a los servicios de salud implicaron una vulneración del derecho colectivo al acceso a los programas que componen una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública a través de instalaciones y/o esquemas telemáticos de organización dispuestos para el efecto (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
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