Explotación de recursos naturales no renovables en mares jurisdiccionales no genera regalías directas para municipios o departamentos (11:34 a.m.)
02 de Diciembre de 2011
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Nota:
77663
En concepto autorizado recientemente, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado explicó que las explotaciones de recursos naturales no renovables que se realicen a más de 40 millas náuticas de la costa, no generan regalías directas para los municipios y departamentos, salvo las correspondientes a los municipios y distritos portuarios. Señaló además que el Gobierno Nacional no tiene competencia para dictar un decreto que determine la distribución de las regalías generadas por la explotación de recursos naturales no renovables después de las 40 millas mar adentro, pues esa distribución ya está ordenada por la Ley 141 de 1994 para los municipios portuarios y por el artículo 361 de la Constitución Política para el Fondo Nacional de Regalías. El pronunciamiento se hizo en su momento, por solicitud del Ministro de Minas y Energía (C. P. Gustavo Aponte Santos).
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