Expiden normas en materia de control poblacional en situaciones de desastre y calamidad pública en San Andrés
08 de Marzo de 2021
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Nota:
118578
Durante el término de la declaratoria de existencia de una situación de desastre o calamidad pública en el departamento San Andrés, y la ejecución de su plan de acción específico para la recuperación, se permitirá el ingreso al departamento de los servidores públicos, contratistas del Estado, subcontratistas de las entidades ejecutoras y/o administradoras de los recursos públicos y particulares que ejerzan funciones públicas para atender dicha situación, garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado y cumplir el plan de acción específico para la recuperación. La UNGRD conformará y administrará el listado de ingreso y control con las listas remitidas por las entidades que deban contribuir a la ejecución del plan. Las nuevas disposiciones se aplican igualmente para la situación de desastre declarada mediante el Decreto 1472 del 2020.
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