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Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Exequible norma que exime del certificado de revisión de emisiones contaminantes a vehículos de placas extranjeras que ingresen temporalmente al país (8:53 a.m.)

09 de Julio de 2012

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Nota:
82354
La Corte Constitucional declaró exequible la norma que establece que los vehículos automotores de placas extranjeras, que ingresen temporalmente y hasta por tres meses al país, no requerirán la revisión técnico-mecánica y de emisiones de contaminantes (Ley 1383 del 2010, art. 12). La norma, que modificó el parágrafo del artículo 52 del Código de Tránsito (Ley 769 del 2002) no constituye una vulneración del derecho a gozar de un ambiente sano ni de los deberes del Estado de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. El alto tribunal explicó que la medida protege la circulación de personas y mercancías provenientes de países vecinos como Ecuador y Venezuela, y promueve el desarrollo de las zonas de frontera terrestre, que permite favorecer la internacionalización de las relaciones económicas y sociales del Estado, al igual que la promoción de la integración con los países de América Latina. La Sala señaló que también a los vehículos extranjeros se les obliga cumplir con la normativa interna en materia ambiental, so pena de recibir sanciones establecidas por la ley. La magistrada María Victoria Calle Correa se reservó la posibilidad de presentar una eventual aclaración de voto (M. P. Adriana María Guillén).

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