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Exequible acuerdo que promueve la diversidad de expresiones culturales (3:32 p.m.)

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05 de Octubre de 2012

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La Corte Constitucional declaró exequible la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de expresiones culturales y su ley aprobatoria (Ley 1516 del 2012). Según el alto tribunal, se cumplió a cabalidad con los requisitos, etapas y procedimiento estipulados en la Constitución y el reglamento del Congreso. En cuanto a la exigencia de consulta previa a las comunidades étnicas, la Corte señaló que la convención no contiene medidas que afecten de forma directa a las comunidades étnicas colombianas, de manera que su consulta no era obligatoria. Sin embargo, en caso de que algunos de los desarrollos legislativos y reglamentarios del tratado afecten directamente a las comunidades étnicas, el Gobierno estará obligado a adelantar la consulta previa de esas medidas legislativas o administrativas. Finalmente, la Sala determinó que el contenido de la Convención es compatible con los principios y preceptos consagrados en la Constitución Política, ya que se dirigen a proteger y difundir la diversidad cultural (M. P. María Victoria Calle).

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