15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

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Estos son los reparos de la Procuraduría a la renovación de la concesión a Cerro Matoso (11:22 a.m.)

01 de Febrero de 2013

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Nota:
86187
En misiva dirigida a la Agencia Nacional de Minería, la Procuraduría solicita las razones que llevaron a pactar una prórroga del contrato 05196 celebrado con Cerro Matoso, durante 15 años más, cuando aún faltan 17 años para la culminación del término inicial. Es decir, para el organismo de control el contrato no finalizaría en 2029 sino en 2044. Entre las salvedades, además de la ausencia de pruebas sobre estudios previos, se cuestiona por qué en este otrosí solo se le da condición resolutoria a la cláusula relacionada con la prórroga, cuando los artículos 1546 del Código Civil (referente a la condición resolutoria tácita) y 870 del Código de Comercio (referente a la resolución o terminación por mora) obligan hacerlo frente a todas las obligaciones pactadas. Además, dice la carta, resulta preocupante que se contemple la posibilidad de pactar nuevas prórrogas por periodos no definidos, aun cuando no aumente la producción, según la lectura que del numeral primero de la cláusula tercera del contrato hace el Ministerio Público. También señala que no entiende por qué la caducidad y las sanciones se supeditan a un “reiterado incumplimiento”, cuando el estatuto minero vigente durante la firma del contrato (artículo 76 del Decreto 2655 de 1998) alude, simplemente, al no pago oportuno de las obligaciones. El texto finaliza advirtiendo que las recomendaciones elevadas por el Ministerio Público durante la etapa de acompañamiento en materia ambiental no fueron tenidas en cuenta, por cuanto solicita a la agencia verificar que se respeten los derechos colectivos, a su juicio, en riesgo de ser afectados.

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