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Esto aclaran sobre inspección técnica a embarcaciones que movilizan petroquímicos e hidrocarburos por vías fluviales

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19 de Octubre de 2020

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Los botes tanque, embarcaciones autopropulsadas o artefactos fluviales en condición de doble casco destinadas al transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel tienen dos opciones para obtener la inspección técnica: la expedida por la inspección fluvial o por quien esta delegue y mediante una certificación de clase expedida por las casas clasificadoras reconocidas nacional e internacionalmente, las cuales serán aceptadas para el trámite de expedición y renovación de la patente de navegación. Para adelantar el trámite de expedición y renovación de la patente bajo la segunda opción, el armador o propietario de la embarcación, además de los requisitos exigidos, debe presentar ante la inspección el certificado de clase expedido por la casa clasificadora asociada a la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS) o la resolución emitida por la Dimar, por la cual delega en la sociedad de clasificación las funciones para desempeñarse como organización reconocida.

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