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Este es el sistema de autorización a terceros con que cuenta el ICA

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18 de Septiembre de 2020

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Con el Acuerdo 0005 se creó el sistema de autorización a terceros (SAT) como el programa y conjunto de procesos definidos por el ICA para ampliar la capacidad y cobertura de los servicios y/o actividades sanitarias, fitosanitarias, de inocuidad y de análisis y diagnóstico, a través de esquemas de autorización para que particulares, bien sea personas naturales o jurídicas, con previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, presten servicios y/o actividades en el marco de los planes, programas y proyectos misionales. El SAT busca lo siguiente: (i) ampliar la cobertura, eficiencia y eficacia de los servicios del instituto; (ii) focalizar la gestión estratégica en vigilancia epidemiológica, gestión de riesgos, control, erradicación y cumplimiento de medidas sanitarias y fitosanitarias y (iii) mejorar la competitividad del sector y ampliar la admisibilidad en mercados internacionales.

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