15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Estas son las modificaciones hechas al calendario tributario 2014 (3:00 p.m.)

11 de Febrero de 2014

Reproducir
Nota:
95139
El Ministerio de Hacienda acaba de modificar el Decreto 2972 del 2013, con el cual expidió el calendario tributario para este 2014. En la nueva norma se señala que por el año gravable 2013 deberán presentar declaración de renta las personas jurídicas o asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial y demás entidades calificadas como grandes contribuyentes a 31 de enero del 2014. Igualmente, la entidad corrigió la fecha de inicio de presentación de las declaraciones de renta para personas naturales, establecida en el artículo 14, aclarando que inicia el 1º de marzo del 2014 y no del 2013. Además, adicionó un parágrafo al artículo 25 donde indica los plazos para presentar la declaración y pago del IVA por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en el año anterior se les autorizó el plazo especial de que trata el parágrafo 1º del artículo 23 del Decreto 2634 del 2012 . Así mismo, definió fechas para los agentes retenedores que tengan más de 100 sucursales o agencias que practiquen retención en la fuente y para quienes se les autorizó el plazo especial del parágrafo 5º del artículo 24 del mencionado decreto. Por último, señaló que el plazo para presentar a la DIAN, para efecto de control tributario, la información de los grupos económicos y/o empresariales, inscritos en el Registro Mercantil de las cámaras de comercio vence el 30 de junio del 2014.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)