Estas son las características de los equipos autorrescatadores para mineros (4:40 p.m.)
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09 de Junio de 2016
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La Agencia Nacional de Minería acaba de establecer las características técnicas mínimas de los equipos autorrescatadores de las personas que ingresan a las labores mineras subterráneas. Esta regulación es de obligatorio cumplimiento para los titulares del derecho minero, explotadores mineros y empleadores que desarrollen tales labores. Entonces, estos equipos debe proteger individualmente las vías respiratorias del usuario; la temperatura de inhalación en funcionamiento no debe superar los 60°C; debe permitir escapar de atmósferas contaminadas o con deficiencia de oxígeno; tener una autonomía mínima de 30 minutos en actividad; suministrar como mínimo un flujo respiratorio de 35 l/min de oxígeno; de activación e iniciación automática, y portátil, entre otros. Las características fijadas serán verificadas por la autoridad minera en las visitas de vigilancia y control y el uso de los equipos por parte de los trabajadores. Por último, señala que la implementación de los equipos deberá ser, a más tardar, el 31 de enero del 2017.
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