Estas son las áreas afines para quienes aspiren a ser reconocidos como guías de turismo (11:21 a.m.)
11 de Febrero de 2020
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Nota:
115178
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 26 de la Ley 1558 del 2012, podrán ser reconocidos como guías de turismo las personas naturales, nacionales o extranjeras que ostenten títulos profesionales expedidos por instituciones de educación superior colombianas o de otro país debidamente convalidados según los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación, en los núcleos básicos del conocimiento (NBC) que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES), de las áreas del conocimiento en: (i) agronomía, veterinaria y afines; (ii) bellas artes; (iii) ciencias de la educación; (iv) ciencias de la salud; (v) ciencias sociales y humanas; (vi) economía, administración, contaduría y afines; (vii) ingeniería, arquitectura, urbanismo y afines y (viii) matemáticas y ciencia naturales.
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