Establecen pautas para modificar manuales de funciones y competencias laborales de empleados públicos (4:19 p.m.)
04 de Mayo de 2011
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Nota:
73121
En reciente circular conjunta, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) establecieron los lineamientos que deberán tener presentes las entidades y los organismos estatales sujetos a la Ley 909 del 2004 para adoptar y modificar los manuales de funciones y competencias laborales de sus funcionarios. Conforme a lo dispuesto en la Circular Conjunta 74 del 2009, las entidades no pueden modificar el contenido funcional y la descripción de competencias laborales de los cargos incluidos en la oferta pública de empleos (los que se aprovisionan por concurso de méritos), hasta cuando el servidor nombrado supere el periodo de prueba, no existan más aspirantes en la lista de elegibles o la misma haya perdido vigencia, advierte la directriz.
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