Establecen condiciones para el otorgamiento de beneficios socioeconómicos a desmovilizados, sus montos y las causales para perderlos (4:53 p.m.)
08 de Junio de 2011
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Nota:
73910
En cumplimiento del Decreto 1391 del pasado 3 de mayo, la Alta Consejería Presidencial para la Reintegración Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas acaba de establecer los nuevos requisitos y las condiciones para el otorgamiento de los beneficios socioeconómicos a los desmovilizados, los montos de tales ayudas y el procedimiento de suspensión y pérdida de los mismos. Quedó derogado el anterior reglamento sobre el tema (Resolución 8 del 2009).
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