Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Es constitucional implantar cámaras de vigilancia en sistemas de transporte público masivo (1:40 p.m.)

114739

04 de Marzo de 2020

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional declaró la exequibilidad del artículo 146 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en el cual se establece la instalación de cámaras de vigilancia en vehículos de transporte público masivo. El alto tribunal concluyó que si bien la medida genera una leve restricción al derecho a la intimidad esta afectación se justifica por la finalidad que persigue la norma, pues debe prevalecer el interés general y garantizar el orden público. Sin embargo, precisó que la captación y almacenamiento de información, imágenes y datos a través de estos dispositivos tecnológicos debe sujetarse a la ley de protección de datos personales (M. P. Alejandro Linares).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)