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Entidad asume responsabilidad extracontractual cuando dispone el traslado de sus servidores en automóviles (12:18 p.m.)

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03 de Marzo de 2020

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Una providencia reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado precisa que corresponde a la entidad pública que dispone el traslado en automóviles de sus servidores asumir la responsabilidad de los riesgos implícitos  a dicha actividad. “No cabe entender por tales riegos, se precisa, más que aquellos que pueden preverse conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico  en materia de mantenimiento, señalización y  tráfico vehicular”, agrega el fallo.  Encuentre el desarrollo de esta tesis en el documento adjunto a esta nota (C. P. Jaime Enrique Rodríguez Navas).

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